Descripción:
Calculo de Jubilación Patronal.
La jubilación patronal es un derecho que tienen los trabajadores que han laborado por el tiempo de veinticinco años o más en forma continua o interrumpida para el mismo empleador conforme al Art.216 del Código del Trabajo.
Al momento hay dos formas de garantizar el pago de jubilación patronal:
a) Pensión vitalicia hasta un año después de la muerte del jubilado Art.217 del Código del Trabajo o
b) Fondo Global con lo cual se extinguirá la obligación del empleador en relación a la jubilación patronal.
La parte proporcional de la jubilación patronal, tienen derecho los trabajadores que hubieren cumplido veinte años y menos de veinticinco de trabajo, en forma continua o interrumpida, según inciso séptimo Art.188 del
Código del Trabajo.
Requisitos:
1. Haber trabajado veinticinco años o más para el mismo empleador continua o interrumpidamente.
• Estar cesante en sus funciones.
• Haber sido objeto de despido intempestivo y haber laborado de veinte y menos de veinticinco años para el
reconocimiento de la parte proporcional de jubilación patronal.
Documentos que deben acompañar
• Solicitud por escrito dirigida al Director Regional del Trabajo de Quito
• Copia fotostática de cédula de ciudadanía
• Copia fotostática de aviso de entrada y salida
En caso de despido intempestivo, adjuntar la respectiva Acta de Finiquito en la que conste el reconocimiento del Despido Intempestivo.
Procedimiento:
• La petición para el cálculo de jubilación patronal dirigido al Director Regional del Trabajo ingresará por la Unidad de Documentación y Archivo (quinto piso del edificio del MTE-Quito) la misma que se remite a la
Dirección Regional del Trabajo.
• El Director Regional del Trabajo sumilla a Servicio Social Laboral para empezar con el proceso de jubilación patronal; aquí se inicia revisando la documentación respectiva, luego se oficia al Instituto Ecuatoriano de
Seguridad Social y a la empresa o institución a fin de que remitan los siguientes datos:
º Certificaciones relacionadas al monto total de aportaciones
• Fondos de reserva,
• Tiempo de servicio
• Remuneraciones de los cinco últimos años
Con estos datos se procede a realizar el cálculo de la jubilación patronal; la liquidación de jubilación patronal se da a conocer al empleador mediante un plazo de siete días a fin de que realice alguna observación o acotación a la liquidación, acto seguido se procede a legalizar el Acta de jubilación patronal por parte del Inspector del Trabajo.
Costo
Empleador:
Sin costo
Trabajador:
Sin costo
Tiempo Estimado de Entrega:
Empresa
Trabajador
- Si el trabajador solicita el cálculo de jubilación patronal, se extiende el tiempo de duración del trámite ya que se requiere datos al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, institución que remite información en
un promedio de tres o cuatro semanas laborables,



hola disculpa quisiera saber cuanto recibo por una renuncia voluntaria en una institucion publica.. tengo 5 años de trabajo e igual de aportaciones al iess… por favor ayudame con eso…
La jubilacion patronal se debe pagar a los que ya tienen jubilacion del IESS o èsta es complementaria a la que da el IEES.? Como se calcula-
Los servidores publicos de la LOSCCA tiene derecho a jubilacion patronal cumplidos los 25 años de servicio ?
buenas tardes por favor necesito saber si tengo 32 año trabajando en el hospital militar puedo pedir mi juvilacion y la nueva ley me ampara y que veneficios no mas tengo
Hola lo que pasa que tengo un familiar que quiere jubilarse ytiene 59 años y quiere jubilarse solo con la patronal o sera mejor que ajuste la edad que benefisios tendra gracias.
trabaje menos de 20 años en APG tengo el acta de finiquito que demuestra el despido intempestivo, mas hay un contrato colectivo que garantiza los 4 años de estabilidad, que sumados a los 16 años que trabaje dan los 20 años, existe algun lugar del Ministerio de trabajo o en el IESS, en la ciudad de gquil,que verifique lo dicho para que procedan en derecho y me jubilen ok saludos
Por favor deseo me informe de la jubilación patronal, tengo 18 años trabajando parala misma empresa con un sueldo de 650.
Puedo pedir la jubiliación patronal actualmente o tengo que esperar?
Cuanto me tocaria?
Ese dinero lo entrega el patrono o tengo que solicitarlo al IESS?
Hola, por favor me pueden ayudar con lo siguiente: tengo un pariente que trabaja en una institución pública por ya 27 años y tiene 67 años de edad, es aconsejable se jubiide ahora con este tiempo o mejor espera cumplir los 30 años de labores, es mucha la diferencia en valores, tendría que el renunciar o si renuncia pierde muchos beneficios .
Gracias su valiosa ayuda.
Por favor quisiera saber a cerca de mi jubilacion patronal cuanto es lo que me tocaria ,yo tengo 20 años trabajando para la misma compañia y mi edad es de 65 años, mi sueldo es de 620 usd.
Muchas gracias por si gentil informacion.
Tere.
hola por favor quisiera saber si me puedo jubilar y cuanto recibiría en la pension he trabajado 25 años, tengo 50 años de edad, gano 800 mensuales. Gracias
Saludos, solicito conocer si me puedo jubilar y cuanto recibiría de sueldo,
tengo 55 años y trabajo 34 años en la Dirección General de Aviación Civil
gano 1401,00 usd
gracias.
En la empresa donde trabajo hay una empleada que tiene 42 años de servicio, ella presentó la renuncia voluntaria quiero saber como debo hacerle los calculos para la liquidación patronal . Gracias.
trabje 8 meses quiero saber si me toca cojer algo de liquidacion puesto que nunca nos dieron un contrato y nunca nos aseguraron en una empresa de tv cable y me despidieron por otra persona .
Por despido intempestivo deben indemnizarte conforme al articulo 188 del Código de trabajo, esto es, con 3 meses de remuneraciones por haber laborado dentro de la escala de hasta de tres años, además deben pagarte la parte porporcional de decimo tercer sueldo, decimo cuarto sueldo y vacaciones y de la misma manera parte proporcional de Utilidades si la empleadora las ha obtenido. No importa que no tengas contrato por escrito pues los contratos tambien pueden ser verbales.
trabaje 21 años 8 meses en la unidad sagrados corazones de rumipamba y necesito saber cuanto o como calculo mi juvilacion patronal como despedo intespestivo al que tengo derecho, pues todos mis haberes he recibico correctamente faltando la liquidacion juvilar
Debes aportar con la remuneración percibida durante los cinco ultimo años de labor, sinembargo por haber sido despedida tienes derecho a percibir una indemnización correspondiente a un mes de remuneración por cada año de trabajo, mas el 2% de la remuneración por cada año de trabajo segun arts. 188 y 185 del Código de Trabajo, mas parte proporcional de decimo tercero y decimocuarto sueldo y vacaciones. Por haber sido despedida teniendo mas de 20 años y menos de 25 te corresponde percibir Jubilación Patronal proprocional. Para calculadar necesitamos los siguientes certificaciones que debe entregarte el IESS., Certificación del monto total de aportaciones; Fondos de Reserva; Tiempo de servicios; Remuneraciones de los cinco últimoa años. Tu haber individual de Jubilación está integrado por las siguientes partidas. 1.- Por el fondo de reserva a que tienes derecho; 2.- Por una suma equivalente al 5% del promedio de la remuneración anual, percibida durante los ultimos cinco años, multiplicada por los años de servicio. La pensión jubilar mensual no podrá ser mayor que la remuneración básica unificada media del último año; ni menor a $ 30,oo si slamente tienes derecho a la jubilación patronal, ni menor a $ 20 si eres beneficiaria de doble jubilación ( Iess. y patronal)
He trabajado durante 30 años como empleada doméstica siempre he estado afiliada y se me han cancelado todos los beneficios sociales, pero para acogerme a la jubilacion renuncie voluntariamente,pero pensando que el seguro social me entregaba algún valor me hice ilusiones pero resulto que no es así y solo tengo derecho a la mensualidad que me asignan, asi como hospitalizacion, fondo mortuorio etc.
Mi patrono ha investigado y nadie le da una respuesta para saber si debe el pagar algo, en base a que, o cual es el valor a cancelar.
Necesito un sustento legal para saber cuanto debo recibir.
Gracias
tengo 25 años trabajando en el mucicipio de chone y quisiera saber cuanto seria en la actualidad mi liquidacion, ya que el actual alcalde y sus representantes solo quieren reconocer 3 salarios minimos en el nuevo contrato colectivo.
No indicas si eres obrera o empleada, pues la diferencia se ubica o dentro del Código de trabajo o amparada por la Ley de Servicio Público anteriormente llamada LOSSCA. Por cuanto hablas de contrato colectivo, se suponer que te encuentras dentro del Régimen de Código de Trabajo, y de ser ese el caso, se tde presentan dos alternativas: Si te despiden te ampara el Código de Trabajo en sus articulo 188 y 185; y las indemnizaciones que te corresponden segun el Contrato Colectivo. Si renuncias no tienes derecho a ninguna indeminización. Si tienes mas de veinticinco años laborando para el mismo empleador en forma continuada o interrumpida, tienes derecho a percibir jubilación patronal calculada según el articulo 216 del Código de Trabajo.
Tengo 29 años de trabajo en una institución y deseo acogerme a la jubilación patronal, he trabajo ininterrupidamente para el mismo empleador.
mi sueldo es 1.400 dólares, mi edad es 48 años
¿CUÁNTO ME CORRESPONDE RECIBIR POR JUBILACIÓN?
la empresa donde trabajo acostumbra a dar una jubliación globalizada en un solo pago.
gracias por su atender mi requerimiento.
Tengo 49 años y trabje par un solo patrono 27.3 años de pencion patronal solo me quieren pagar $ 101 dolares es legal esto o me calcularon mal cuanto legalmente deviera recivir por fabor me pueden ayudar con el calculo.
Para un cálculo real, necesito saber cual es tu remuneracioón última; cuales fueron las de los cinco ultimos años; cual es el Fondo de Reserva que son requisitos para calcular el haber individual de jubilación y determinar coeficientes. La jubilación patronal global es una alternativa de recibir por una sola vez un valor acumulado por este beneficio, bajo cálculo presuntivos de inclusión al valor actual de jubilación, todo beneficio futuro, que hubiere tenido el jubilado hasta un año despues de su fallecimiento, es decir los posibles incrementos de las pensiones mínimas , pagos de las pensiones complementarias , incremento de la decimo cuarta pesnión, y pago de la anualidad a sus herederos al momento de fallecer. El estudio actuarial pertinente, debens er elaboado por sociedades o profesionales debidamentge registrados en la superinendencia de compañáis o Bancos.
Ne secito cono cer si se puede elevar los sueldos de los juvilados patronales mi papá esta ganando 20 mensuales pero no me parece justo despues de aver trabajado 26 años para el Ex IERAC hoy subsista con sueldo de 20 mensuales pero ni para la semana le sale si me podrian falicitar informacio con quien se puede apelar este contratiempo con los sueldos.
Gracias
es verdad lo que dicen los inspectores y la misma inspectoria de trabajo se venden porque los trabajadores de la junta de beneficencia llevan años peleando una justa remuneracion incluso una justa jubilacion porq de 25 años los que ellos quieren pagar es 3000 dolares y el sindicato especialmente del la maternidad Sotomayor en Guayaquil esta totalmente vendido, cada que un trabajador quiere quejarse en la inspectoria de trabajo misteriosamente sale con visto bueno fuera del trabajo y en una ocasion se tuvo ganado practicamente la pelea y nuevamente una inspectora de trabajo se vendio a favor de la junta de beneficencia que de beneficencia no tiene nada sino pregunten de quien es la loteria nacional, el loto, el pozo millonario, sencillito y demas juegos DE LA JUNTA DE BENEFICENCIA. PORQ NO PUEDEN PAGAR UN SALARIO JUSTO Y UNA LIQUIDACION DESCENTE LADRONES.
Es exelente el trabajo realizado por ustedes en beneficio de la comunidad. Por lo mismo solicito si es factible me faciliten un modelo de peticion para obtener la jubilacion patronal.
El modelo lo encuentras en http/www.acturia.com.ec/pages/servicios _05_jubilación-patronal.htm. Espero que obengas un buen resultado.- Tu
amigo:Ab. Héctor Pin Cabezas.
Tengo el caso de una persona que trabajó durante 24 años y medio que sería 25 años según el C.T., la empresa cerró en 2005, pero está activa legalmente en la Superintendencia de Compañías, el socio gerente falleció y queda el presidente y los dos socios más, se liquidó a los trabajadores como despido. Esta persona es afiliada al IESS activa, puede reclamar su jubilación patronal en este momento? a pesar de que huipotéticamente se habría eliminado este beneficio del C.T. ?
Por favor necesito información sobre si sigue vigente el derecho a la jubilación patronal? ya que algunas personas me dicen que ya no existe dicho beneficio, si es así en qué registro oficial se habría piblicado la reforma al Código de Trabajo donde se haya dejado sin efecto este beneficio?
Algunos parientes me han solicitado información si sigue vigente la jubilación patronal, si se ha dejado sin efecto éste beneficio, favor indicar en que registro oficial esta publicado.
Otro favor, cual es la cantidad exacta que se debe reconcocer por treceavo y catorceavo sueldo a un jubilado patronal que goza de las dos jubilaciones.
Atentamente,
Antonio Andrade C.
Por favor indiquenme tengo dos casos de personas que laboraron mas de veinte años y menos de veinticinco em Guayaquil la primera renuncio voluntariaente no tiene derecho al proporcional de jubilación patronal la segunda fue despedida intempestvamenete hace 2 años y reclama la parte propocional que pasos debos seguir ayudenme por favor.
es una lástima quela inspectora No. 2 del Trabajo de la ciudad de Ambato, no sepa leer y cuando se le indica el error se pone a favor de la empresa y no del empleado. Así son todos los funcionarios de la Revolcuón ciudadana?
Buenas tarde me puede ayudar como iniciar el tramite de jubilación patronal.
Por favor necesiton me indiquen que debe recibir una persona que se tiene que jubilar pos sus años de trabajo, debe recivir una liquidacion por parte del patrono y del seguro solicial??. tiene 67 años de edad y 28 años de trabajo.
Cuanto seria el valor a percibir si gana un sueldo de 120,00 mensual.
por favor si me ayudan con el calculo de la liquidacion.
Gracias
Buen día Estimada Alexandra Carpio es un gusto que nos escriba a nuestro portal, el link que le puede ayudar con esta información es http://www.iess.gov.ec/site.php?content=1299-responsabilidad-patronal-en-el-seguro-de-vejez-muerte-e-invalidez o también https://www.iess.gov.ec/prjPensionesJubilacion-web/pages/principal.jsf o también http://www.iess.gov.ec/documentos/tramites/TramiteJubilacionVejez.pdf Esperamos que estos link sean de mucha ayuda.
TENGO 68 AÑOS Y 12 AÑOS TRABAJE PARA UNA EMPRESA TENGO DERECHO A LA JUBILACION SI O NO Y PORQUE GRACIAS
Gracias por la información entregada, tengo un familiar que se está jubilando con su empleador y nos hacían falta algunos datos.